marzo 19, 2024

SECRETARIAS

Secretaría Académica y Rectoría

Dentro de las funciones de la Secretaria Académica se encuentran: llevar el Registro y control de los aspectos legales de la Institución. Diligenciar los libros reglamentarios y documentación legal de la Institución (calificaciones, matrículas, posesión de profesores, actas, registro de bachilleres, resoluciones rectorales, inscripción de estudiantes de 5°, 9° y 11° a las pruebas Saber, inscripción de los estudiantes del grado Undécimo al Distrito militar, demás inscripciones. Además tiene la función de organizar y ejecutar el proceso de matrícula.

Colaborar con el Rector en la elaboración de informes estadísticos académicos y administrativos. Estar al tanto de las reformas Educativas y adquirir los decretos reglamentarios para dar la información oportuna. Gestionar ante la Secretaría de Educación libros reglamentarios, certificados de estudio y tramitar diplomas. Elaborar los certificados que sean solicitados.

Organizar y manejar el archivo de su oficina y el de Rectoría. Atender al público que solicite información del plantel, tratando que sean atendidos por la persona indicada según los canales normales en el Colegio. Las demás funciones inherentes al cargo que le sean asignadas y/o que se originen del desarrollo del Proyecto Educativo. Cumplir con las demás funciones que le sean asignadas por Rectoría de acuerdo con la naturaleza de su cargo.

El personal administrativo adscrito a está secretaría está compuesto por personas cumplidoras de sus deberes, cuyo perfil es:

• Se identifica con la filosofía institucional
• Practican unas excelentes relaciones humanas basadas en la tolerancia, la lealtad, el diálogo y la concertación
• Atienden oportunamente y con mucho respeto a los usuarios de sus servicios
• Atienden y practican las orientaciones de sus inmediatos superiores.
• Son responsables y eficientes en sus labores.
• Contribuyen en todo sentido con la buena imagen de la institución.

En todo caso el actuar del personal administrativo y de servicios responderá a los criterios establecidos, políticas institucionales, principios fundamentales de este pacto a acuerdo, conservando en todo momento su coherencia con la formación para el trabajo y los deberes, derechos, sanciones disciplinarias y procedimientos que se consagran en el Decreto Ley 2277 de 1979, Decreto Ley 1278 de 2002 y en la Ley 734 de 2001 aplicable a los funcionarios públicos y demás reglamentaciones que las afecten, actualicen o modifiquen.

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